Control fiscal mediante las recomendaciones del cóctel y el modelo de riesgo de Precios de Transferencia del CIAT
La OCDE ha desarrollado e implementado directrices o lineamientos que son base para aplicar correctamente los precios de transferencia. Por tanto el CIAT proporciona a las partes relacionadas ciertos criterios para optimizar las fiscalizaciones mediante el “Cóctel” y el Modelo de Riesgo de Precios de Transferencia.

Los Precios de Transferencia surgen como una necesidad para que los entes fiscales de cada país eviten que las empresas que pertenecen a un grupo empresarial internacional puedan trasladar beneficios fiscales de un país a otro.  Además permite reducir y regular prácticas de elusión tributarias en jurisdicciones fiscales menos favorecidas, como una manera de ahorrar costos y gastos.

Debido a lo anterior, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha desarrollado e implementado directrices o lineamientos que son base para aplicar correctamente los precios de transferencia. En dichas normas establecen el concepto del Principio de Libre Competencia el cual consiste en un rango estadístico entre empresas comparables de la industria, así como de la documentación que compone al informe y de las metodologías a emplear. 

Por tanto, es sumamente importante prestar atención de cómo estarán actuando las administraciones tributarias de la región en los siguientes años, a través de las recomendaciones que el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) proporciona a las partes relacionadas para optimizar las fiscalizaciones mediante el “Cóctel” y el Modelo de Riesgo de Precios de Transferencia.

Cóctel de medidas para el control de la manipulación abusiva de precios de transferencia, con enfoque en el contexto de países de bajos ingresos y en vías de desarrollo

Este “Cóctel” está diseñado con 3 ingredientes y 5 condimentos que son propuestas como medidas para las administraciones tributarias, el cual tiene como objetivo optimizar el control fiscal en la materia. Por lo que a partir de este punto es relevante analizarlos y anticiparse a posibles nuevas normas y procedimientos que puedan implementar las administraciones. A continuación, son explicados a detalle:

Ingredientes

Ingrediente 1: Perspectivas en la aplicación de la Regla del Mejor Método

Con este primer ingrediente, se percibe la dificultad para identificar el mejor método que permita evaluar una transacción controlada entre partes relacionadas debido en gran medida a que solo se analiza la parte local (enfoque unilateral).

En este sentido, se plantea una regla aclaratoria relativa a la definición y aplicación del análisis de comparabilidad de manera más estricta a ambas partes con el fin de identificar la parte más sencilla de analizar y posteriormente el método que mejor se adecúe a la operación.

Ingrediente 2: Márgenes de rentabilidad de referencia

Para casos específicos se plantea establecer rangos de rentabilidad referenciales de acuerdo con la industria y las situaciones particulares como una medida simplificada a determinado tipo de contribuyentes. Esto permitiría que la Administración tributaria revele parámetros financieros sectoriales de referencia, brindando mayor seguridad jurídica.

Ingrediente 3: Importación/exportación de materias primas

Este tipo de transacciones son de suma relevancia para países de nuestra región ya que según cifras de la CEPAL (2016), casi todos los países de América Latina, a excepción de México, Costa Rica y El Salvador, dependen entre un 50% a 80% del comercio de materias primas.

No obstante, se ha observado la relación entre estas operaciones para atribuir utilidades a un intermediario, por lo que se ha popularizado la implementación del llamado “sexto método” en el que se considerará el valor de cotización del bien en un mercado reconocido y transparente en la “fecha de embarque” de la mercadería.

En el siguiente cuadro se muestra la aplicación del sexto método en la región que corresponde a operaciones intercompañía de importaciones y exportaciones:

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Condimentos

Condimento 1: Modelo de evaluación de riesgo en materia de precios de transferencia

Para las administraciones tributarias es de vital importancia establecer un procedimiento que permita identificar de manera sistemática riesgos de manipulación de precios de transferencia con el fin de optimizar recursos, por lo que los expertos proponen una guía orientativa y probada acerca de cómo abordar este proceso de la gestión de riesgos tributarios en materia de precios de transferencia y fiscalidad internacional, sintetizado de la siguiente forma: 

  • Inventario y disponibilidad de información: Estado de Resultados, Balance General, información de partes relacionadas, información de importación y exportación, información de factura electrónica e información de bolsa de valores.
  • Integración y características deseables de la información: Información multianual, información oportuna, análisis por grupos y sectores económicos, manejo centralizado de la información.
  • Aplicación práctica de indicadores: Indicadores genéricos, indicadores de precios de transferencia.
  • Sistema Integral de Riesgos: Identificar a los contribuyentes con la mayor exposición a operaciones internacionales y con partes relacionadas, identificar operaciones extraordinarias: Ventas de intangible, inventario, activo fijo, cambio de actividades.
  • Aplicación práctica en un caso específico.
Condimento 2: Ajuste por mercado geográfico

Para eliminar las diferencias entre las operaciones o las empresas consideradas como comparables, se recomienda en este documento el ajuste de “riesgo país” a los activos, por ser el de aplicación más sencilla y directa al reflejarse en un ajuste a los activos operativos de las comparables, los cuales son impactados por el diferencial en rentabilidad de los mercados de capital entre los territorios o economías en cuestión.

Condimento 3: Doble Imposición Internacional (Acceso a “Procedimiento de Acuerdo Mutuo”)

Este apartado aborda de qué manera las medidas propuestas podrían convivir con los tratados internacionales para evitar la doble tributación económica y el acceso a los procedimientos de acuerdo mutuo (MAP). Esto con el propósito de que estas medidas aseguren efectivamente la justa y oportuna recaudación en los países, pero a su vez no obstruyan ni entorpezcan el mantenimiento y desarrollo del comercio internacional.

Condimento 4: Mecanismos alternativos para conciliar posturas entre el contribuyente y el Fisco

En vista de la complejidad y subjetividad existentes en materia de precios de transferencia, es de suma relevancia la implementación de nuevos procedimientos para resolver ciertas ambigüedades que podrían surgir entre contribuyentes y administraciones tributarias, en este sentido se recomiendan procedimientos amistosos como mediación y acuerdos conclusivos, entre otros.

Condimento 5: Régimen sancionatorio

Este quinto condimento tiene por objetivo plantear elementos para generar propuestas de régimen de documentación y de sanciones específicas en la materia para aquellos países que aún aplican sanciones generales, y para aquellos que quieran actualizarse en base a legislación comparada y el modelo de código tributario (COT) del CIAT del año 2015.

En resumen, el “Cóctel” busca proponer soluciones para hacer que el control de precios de transferencia sea más manejable, simple y seguro y para reducir los costos de administración y cumplimiento.

Construcción de un modelo de riesgo de Precios de Transferencia

El CIAT propuso la construcción de un modelo de riesgos de Precios de Transferencia con el objetivo de focalizar la fiscalización internacional de una manera integral y con fácil aplicabilidad con el fin de mitigar y evitar las malas prácticas de recaudación. Asimismo, para que se facilite la implementación de dicho modelo en diferentes legislaciones y administraciones tributarias.

El propósito de este modelo de riesgo es poder gestionar los riesgos tributarios que deben enfrentar las Administraciones Tributarias optimizando los recursos lo mejor posible, esto se logra por medio de la selección objetiva de casos de auditoria de precios de transferencia por parte de la Administración Tributaria por medio de la comprensión y preparación de la información que dispone la Administración Tributaria con la cual se crean variables e indicadores de riesgo.

Según el CIAT este modelo de riesgo se debe de gestionar en etapas, las cuales se detallan a continuación:

1. Población sujeta al análisis

En esta primera etapa se define quienes están sujetos a Precios de Transferencia de Transferencia observando a los contribuyentes que efectuaron operaciones con partes relacionadas.

2. Análisis de información

Esta etapa consiste en realizar un diagnóstico de las fuentes de información solicitadas a los contribuyentes según normativas de ley, la información debe de ser multianual para realizar un análisis detallado con un mínimo de 5 años.

Las fuentes de información son la declaración del impuesto a la renta, el anexo de operaciones con partes relacionadas, el informe integral de precios de transferencia, la información reportada por terceros (Importaciones y exportaciones declaradas a la administración aduanera y entradas/ salidas de divisas).

3. Creación de indicadores de riesgo

Con la información disponible para el análisis de precios de transferencia según las fuentes de información mencionadas anteriormente se crean lo siguientes indicadores de riesgo:

  • Indicadores de riesgo por materialidad en operaciones con partes relacionadas en paraísos fiscales y en otras jurisdicciones.
  • Indicadores de riesgo por falta de presentación de la información o con errores.
  • Otros indicadores y marcas de riesgo.

Los cuales a continuación, se explican a detalle:

3.1 Indicadores de riesgo por rentabilidad:

Es esencial un análisis de rentabilidad obtenida por el contribuyente para evaluar si existen riesgos de una posible planificación fiscal que tenga como fin ocultar información real de la rentabilidad de la empresa para un menor pago de impuestos.

Por lo que primero se observa el comportamiento de los ingresos obtenidos por un contribuyente fiscal para visualizar las variaciones a lo largo del tiempo. Luego se establecen las utilidades según el grado, utilidad bruta, utilidad operativa, neta y fiscal. 

Media vez se cuenta con los indicadores económicos del contribuyente se procede a compararlos con terceros independientes que hayan pactado transacciones y circunstancias similares, una vez hecha la comparación se puede concluir e identificar los tipos de comportamientos de riesgo. Para esto es vital utilizar técnicas de minería de datos para evaluar en conjunto la información disponible.  

3.2 Indicadores de riesgo por materialidad en operaciones con partes relacionadas en paraísos fiscales y en otras jurisdicciones:

Muchas de las operaciones llevadas a cabo ocurren con partes relacionadas que se encuentran alojadas en paraísos fiscales y con otras jurisdicciones las cuales están sujetas a precios de transferencias según las normativas de ley de cada país.

Luego se procede a crear indicadores económicos por operación o de rentabilidad según sea el caso a analizar. Por consiguiente es necesario comparar los indicadores de un tercer independiente para analizar si se están llevando a cabo las operaciones de acuerdo el principio de plena competencia.

Al analizar las operaciones del contribuyente se deben de determinar cuál es la de mayor riesgo, y posteriormente se debe de identificar en que operaciones específicas se concentran la mayor cantidad de datos y los de mayor importancia económica.

3.3 Indicadores de riesgo por falta de presentación o presentación con errores de la información relacionada con el análisis de precios de transferencia:

Presentar la información relacionada al análisis de precios de transferencia es obligatorio.

Para la creación de este tipo de indicador se utilizan herramientas de minería de datos que permitan automatizar ciertas reglas para identificar la omisión de las principales obligaciones, así como también se realizan análisis en forma individual para la ejecución de validaciones que señalan errores en la información.

3.4 Otros indicadores y marcas de riesgos

Se evalúan otros indicadores y marcas de riesgo con base a la experiencia de ejecución de los procesos de auditoría de los precios de transferencia, los cuales se resumen a continuación:

  • Análisis de la metodología utilizada
  • Análisis del indicador de rentabilidad
  • Análisis de activos intangibles
  • Análisis de potenciales comparables
  • Análisis de ajustes declarados 
4. Aplicación técnica de la metodología CRISP-DM

Según el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) esta técnica consiste en aplicar minería de datos con un conjunto de técnicas que permiten explorar grandes bases de datos de manera automática o semiautomática para observar patrones repetitivos que expliquen el comportamiento de los datos en un determinado contexto.

Asimismo, se divide las siguientes fases para llevar a cabo esta metodología como se explica a continuación:

  • Fase de comprensión del negocio
  • Comprensión de los datos
  • Preparación de los datos
  • Modelado
  • Evaluación e implementación.

Mediante estas fases se busca resolver problemas de negocios, a su vez, es adaptable a problemas tributarios e incluye un análisis objetivo técnico. Además permite conectar diferentes fuentes de información para facilitar la automatización de los modelos de riesgos tributarios.

Derivado de lo mencionado anteriormente, los resultados permitirán identificar aquellos contribuyentes que presenten una categoría de riesgo alto, medio y bajo en el periodo comprendido que se desee estudiar, como mínimo se sugiere que sean 5 años ya que debe presentarse una tendencia.

Por ejemplo, si un contribuyente se encuentra en la categoría de riesgo alto, es recomendable analizarlos para confirmar los riesgos en precios de transferencia que presentan el modelo para una posible apertura de procesos de auditoría.

Por tanto, en definitiva el análisis de precios de transferencia por parte de la Administración Tributaria conlleva un importante uso de recursos, por lo cual es necesaria la implementación de la gestión de riesgos que posibilita la optimización de estos recursos para enfocarse adecuadamente a las actuaciones de control.

Además, las técnicas de minería de datos aplicadas a los riesgos de precios de transferencia constituyen una herramienta fundamental para la selección objetiva de casos de auditoría. Asimismo, la aplicación de la metodología CRISP-DM en el modelo de riesgo de precios de transferencia, permite que el mismo mejore y se retroalimente con la evaluación de los riesgos que se realice con los resultados obtenidos de la ejecución de procesos de control tributario.

Ante cualquier proceso de fiscalización que cualquiera de las Administraciones Tributarias realice a tu empresa, estamos para apoyarte. Somos tu mejor aliado, escríbenos a info@lamonzonyasociados.com.

Escrito por: Fernando Chávez / Analista de Precios de Transferencia
*El contenido de este artículo representa únicamente la opinión de experto de su autor *